Vender VPO en Sevilla es una gran duda que tienen muchos de los clientes de
RC Inmobiliaria. Hoy me gustaría explicar este punto a todas aquellas personas que quieren vender su vivienda en Sevilla y esta catalogada como vivienda de protección oficial.

VENDER VPO EN SEVILLA

Lo primero, debemos saber qué antigüedad tiene la vivienda ya que, si han pasado 30 años desde la fecha de calificación definitiva, automáticamente la vivienda pasa a ser de renta libre y no tendrías problemas para vender.

Si por el contrario no han pasado 30 desde su fecha de calificación definitiva, debemos calcular cuál es el precio máximo que marca la Junta de Andalucía para vender la vivienda. Por más de esa cantidad no podremos vender la vivienda, lo más recomendable es acudir a un profesional que revise la documentación y pueda resolverte este punto.

Si eres propietario desde hace menos de 10 años hay que seguir estos pasos:

  • Solicitar una autorización de venta a la Junta de Andalucía.
  • Una vez aprobada y con el comprador ya inscrito en el registro de demandantes, tenemos que presentar una comunicación de venta a la Junta de Andalucía.
  • Si recibiste ayudas del Estado para la compra de la vivienda deberás tener en cuenta que tendrás que devolverlas.

Si todo esta correcto en breve podrás firmar la compraventa de tu vivienda.

Por el contrario, si eres propietario desde hace más de 10 años los pasos a seguir son los siguientes:

  • Una vez tengas el comprador y esté inscrito en el registro de demandantes, solo necesitas presentar la comunicación de venta, por lo cuál el proceso es mucho más rápido. Además si recibiste ayudas estatales no tendrás que devolverlas.

Existe también la opción de descalificar la vivienda, pero debes cumplir los siguientes requisitos:

  • Debes haber sido propietario de la vivienda al menos durante 10 años.
  • Si recibiste ayudas estatales devolver estas cantidades.
  • Estar empadronado al menos los últimos 5 años.

VIVIENDA DE PROTECCIÓN OFICIAL EN ANDALUCÍA

Recuerda que la Junta de Andalucía tiene el derecho de tanteo y retracto y podría optar a quedarse la vivienda. Aunque yo la verdad hasta ahora no he visto ningún caso.

El tema de la vivienda de protección oficial es bastante especial y es más lento que una compraventa de una vivienda de renta libre. Hay que esperar las resoluciones de la junta que dependerán de la cantidad de expedientes que estén tramitando en ese momento. Si se entrega alguna documentación mal o falta algo, se retrasará bastante, tenerlo en cuenta. En este articulo no están reflejados todos casos que puede haber, solo los más frecuentes.

Así que no desesperéis, armaros de paciencia o simplemente acercaros a cualquiera de nuestras oficinas y nosotros os llevaremos la venta y tramitaremos todo el papeleo.

¡¡Hasta pronto!!!